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Reglas para criadores de perros en Luisiana: licencia de perrera, el límite de 75 perros y cuándo se aplica la licencia del USDA

Por Cal Hewitt · Publicado el

Guías para negocios

Madre labrador retriever amarilla recostada sobre una manta limpia en una habitación amplia y soleada de una granja, con tres cachorros dormidos a su lado, una puerta baja de madera y un plato de agua cerca

Luisiana tiene varios umbrales distintos para criadores, y cada uno cuenta algo diferente. Si usted cría y vende perros y tiene cinco o más, la ley R.S. 3:2772 exige una licencia de perrera (kennel license) de su parroquia o municipio, con una tarifa mínima anual de $15, $25 o $30 según cuántos perros mayores de seis meses tenga. La misma ley prohíbe que una persona o negocio que cría, compra o vende perros mantenga más de 75 perros mayores de un año con fines de cría. La solicitud de la licencia pide un número de licencia del USDA Clase A o B, o la razón por la que no la necesita, y un número de identificación del impuesto sobre ventas, o la razón por la que no lo necesita. La licencia federal del USDA depende de cómo vende, no solo de cuántos perros tiene.

Lo más importante

Toque una tarjeta para destacarla.

  • Con cinco o más perros, si usted cría y vende, necesita una licencia de perrera de su parroquia o municipio según R.S. 3:2772(G).
  • La tarifa mínima estatal es de $15, $25 o $30 al año, según los perros mayores de seis meses; su gobierno local puede cobrar más.
  • Nadie que críe, compre o venda perros puede mantener más de 75 perros mayores de un año con fines de cría, según R.S. 3:2772(H).
  • La solicitud pide su número del USDA Clase A o B (o por qué no lo necesita) y su número del impuesto sobre ventas (o por qué no lo necesita).
  • La licencia del USDA depende del método de venta: las ventas al por mayor y las ventas al por menor en las que el comprador no ve al perro son ejemplos que la requieren.
  • La zonificación es una aprobación aparte; pida una respuesta por escrito a su ciudad o parroquia antes de usar la propiedad.

Yo hago sitios web y marketing para negocios de perros; no soy abogado ni contador. Tome esto como un mapa y pida la respuesta final a cada oficina por escrito.

¿Qué regla de Luisiana se aplica según el tamaño de su criadero?

"La ley de criadores" no es una sola regla. Son cuatro preguntas, y cada una usa un conteo distinto.

La primera es la licencia de perrera del inciso G de R.S. 3:2772, para quien cría y vende con cinco o más perros. La segunda es el límite estatal del inciso H: 75 perros mayores de un año con fines de cría. La tercera son las dos declaraciones del inciso I en cada solicitud: su situación ante el USDA y su número del impuesto sobre ventas. La cuarta es la licencia federal. El USDA APHIS decide si usted necesita licencia según lo que hace, por ejemplo vender al por mayor o vender a compradores que nunca ven al perro en persona.

Un criador con seis perros que vende en persona puede necesitar la licencia de perrera y aun así quedar fuera de la licencia federal.

¿Cuántos perros puede tener un criador en Luisiana con fines de cría?

El texto de la ley es preciso. R.S. 3:2772(H) dice que ninguna persona o negocio que cría, compra o vende perros al por menor, al por mayor o al público puede mantener más de setenta y cinco perros mayores de un año, en ningún momento, con fines de cría ("for breeding purposes").

Al contar, fíjese en dos palabras. La edad es más de un año, así que el texto no dice que los cachorros menores de un año cuenten. El propósito es la cría, así que tampoco dice que cuenten las mascotas de compañía. Su ciudad o parroquia puede tener su propio límite, con sus propias definiciones.

El número 75 es un techo, no un permiso: estar por debajo no le evita las demás licencias ni la zonificación.

Dos spaniels bretones adultos descansando sobre césped limpio en un amplio patio cercado de una granja junto a un árbol de sombra, con un abrevadero cerca

¿Cuándo cinco perros lo obligan a sacar una licencia de perrera?

Según R.S. 3:2772(G), el punto de partida son cinco o más perros cuando la persona o el negocio cría y vende perros. El gobierno de la parroquia o del municipio emite la licencia y fija la cantidad anual por ordenanza, siempre que cobre al menos el mínimo estatal.

Estos son los mínimos de la ley, medidos por perros mayores de seis meses (ley estatal, vigente en septiembre de 2026):

Licencia de perrera en Luisiana: tarifas mínimas anuales según la ley

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Perros mayores de seis mesesTarifa mínima anual de la licencia
Perros mayores de seis mesesCinco o menosTarifa mínima anual de la licencia$15
Perros mayores de seis mesesMás de cinco y no más de diezTarifa mínima anual de la licencia$25
Perros mayores de seis mesesMás de diezTarifa mínima anual de la licencia$30

Las tarifas cuentan perros mayores de seis meses; el límite de 75 cuenta perros mayores de un año usados para cría. Una lista de cada perro con su fecha de nacimiento y su propósito responde ambos conteos.

Su parroquia o ciudad puede cobrar más que estos mínimos. Pregunte la tarifa actual al secretario de la parroquia (parish clerk) o a la oficina de licencias del municipio antes de hacer su presupuesto.

¿Qué pide la solicitud de la licencia de perrera?

R.S. 3:2772(I) pide a cada solicitante de una licencia nueva o de renovación dos datos:

  1. Un número de licencia de comerciante de animales del USDA Clase A o Clase B, o la razón por la que no necesita ninguna de las dos.
  2. Un número de identificación del impuesto sobre ventas de Luisiana (sales-tax identification number), o la razón por la que no lo necesita.

Luisiana no decide su situación ante el USDA, pero le pide declararla, así que resuelva primero la pregunta federal. Si se apoya en una exención, nómbrela con claridad. Pregunte a la oficina de licencias qué redacción espera.

Bóxer atigrado recostado sobre una alfombra limpia del porche junto a una mesita de madera con una carpeta sencilla cerrada y un bloc de notas en blanco, con un ventilador de techo arriba

¿Sigue vigente el registro parroquial con diez perras reproductoras?

Respuesta corta: no. El registro con diez hembras fue una propuesta de 2015.

El texto original del proyecto de ley House Bill 710 proponía que un criador comercial profesional con diez o más perras reproductoras, que vendiera al por menor, al por mayor o al público, se registrara cada año con el secretario de la parroquia. Ese registro habría incluido el nombre del criadero, la ubicación de cada instalación, el número de impuestos, los veterinarios contratados y una inspección anual. También exceptuaba a los criadores de perros de caza. Los registros legislativos muestran que un proyecto sustituto se convirtió en la Ley 365 (Act 365) en 2015.

La versión actual de R.S. 3:2772 no tiene un inciso de registro con diez hembras. El inciso I pide, en cambio, las declaraciones del USDA y del impuesto sobre ventas. Así se comparan:

Licencia de perrera con cinco perros y la propuesta de 2015 de registro con diez hembras

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PreguntaLicencia de perrera con cinco perrosRegistro anual con diez hembras
PreguntaTexto legalLicencia de perrera con cinco perrosR.S. 3:2772(G) vigenteRegistro anual con diez hembrasPropuesta original de HB 710 de 2015
PreguntaQué la activaLicencia de perrera con cinco perrosCinco o más perros, si usted cría y vendeRegistro anual con diez hembrasDiez o más perras reproductoras, para un criador comercial profesional
PreguntaSituaciónLicencia de perrera con cinco perrosEstá en la ley actualRegistro anual con diez hembrasNo está en la ley actual
PreguntaOficinaLicencia de perrera con cinco perrosGobierno de la parroquia o del municipioRegistro anual con diez hembrasSecretario de la parroquia, en la propuesta
PreguntaInformaciónLicencia de perrera con cinco perrosSituación ante el USDA y número del impuesto sobre ventasRegistro anual con diez hembrasNombre del criadero, ubicaciones, número de impuestos, veterinarios contratados, inspección anual
PreguntaTarifaLicencia de perrera con cinco perrosMínimo de $15, $25 o $30; la cantidad local puede ser mayorRegistro anual con diez hembrasSin tarifa en el texto propuesto

Cuente según la regla de cinco perros y pregunte al secretario de su parroquia si existe algún registro local además de la licencia.

¿Cuándo necesita un criador la licencia del USDA?

La licencia federal bajo la Ley de Bienestar Animal (Animal Welfare Act) depende de su actividad. La guía del USDA APHIS sobre actividades con perros da ejemplos de actividades que sí requieren licencia:

  • Ventas al por mayor de perros como mascotas, para caza, cría o seguridad.
  • Entregas a cambio de pago a otra persona u organización para su colocación o adopción posterior.
  • Ventas al por menor en las que comprador, vendedor y perro no están juntos físicamente, de modo que el comprador no puede ver al perro antes de comprarlo o recibirlo.

El APHIS también da ejemplos en los que no se requiere licencia. Dos importan más a los criadores. Uno son las ventas al por menor en las que comprador, vendedor y perro están juntos y el comprador puede ver al perro antes de comprar. El otro es tener cuatro o menos perras reproductoras y vender solo sus crías, nacidas y criadas en su propiedad, como mascotas o para exhibición. Las dos tienen condiciones, y ninguna elimina la licencia de perrera de Luisiana ni los permisos locales.

Si un comprador en línea paga y recibe el cachorro sin haberlo visto nunca en persona, eso se parece a la venta sin ver al perro que describe el APHIS. Revise su método de venta exacto con el Asistente de Licencias y Registro del USDA (Licensing and Registration Assistant), que según el APHIS toma de 5 a 15 minutos. Las leyes y reglamentos de bienestar animal del USDA también están en español.

Si necesita la licencia, el paquete de solicitud para comerciantes nuevos del APHIS describe la Clase A como criador (breeder) y la Clase B como intermediario (broker). En septiembre de 2026, el paquete indica una tarifa de solicitud de $120, no reembolsable.

Golden retriever sentado en un porche de madera barrido junto a una jaula de transporte sencilla abierta y un plato de agua, con una mecedora detrás

La cuenta del impuesto sobre ventas en LaTAP y quién inspecciona

La solicitud de la licencia pide un número de identificación del impuesto sobre ventas de Luisiana o la razón por la que no lo necesita. El Departamento de Ingresos de Luisiana (Louisiana Department of Revenue, LDR) dice que un negocio nuevo puede registrar sus cuentas de impuestos en LaTAP con la opción "Register My Business", y que un negocio puede necesitar una cuenta del impuesto sobre ventas si vende bienes o servicios sujetos a impuesto. Pregunte al LDR si sus ventas pagan impuesto antes de su primera venta.

El EIN es un paso federal aparte. El IRS explica en español que el EIN se obtiene directamente del IRS y gratis; una LLC, una corporación o una sociedad generalmente lo necesita. La herramienta geauxBIZ de la Secretaría de Estado de Luisiana puede armar una lista de posibles licencias y permisos federales, estatales y locales para su negocio.

La inspección depende de la licencia que tenga. La ley de licencias de perrera de Luisiana no nombra un inspector estatal, así que pregunte a la parroquia o municipio que emite la licencia si hace falta una inspección, quién la hace y qué documentos y condiciones revisan. Si usted tiene licencia del USDA, el APHIS hace inspecciones de rutina sin aviso previo y publica los informes.

¿Qué oficina responde cada pregunta?

Cada parte tiene su propia oficina.

Secretario de la parroquia u oficina de licencias del municipio. La ley R.S. 3:2772 asigna la licencia de perrera al gobierno de la parroquia o del municipio. Pregunte si necesita licencia, la tarifa actual, qué formulario usar y qué escribir en las dos declaraciones.

Departamento de Agricultura y Silvicultura de Luisiana. La Oficina de Salud Animal e Inocuidad Alimentaria del LDAF (Office of Animal Health and Food Safety) se ocupa de la salud animal en el estado. Pregunte si a su operación le aplica algún requisito de salud animal, traslado de animales, reporte de enfermedades o documentos veterinarios. No suponga que el LDAF emite la licencia local. Contacto: (225) 925-3962, ahfsinfo@ldaf.state.la.us.

Control de animales local. Pregunte por límites de perros, inspecciones, reglas de rabia, placas, ruido y desechos, y si hace falta un permiso aparte.

USDA APHIS Animal Care. Para la licencia federal, comuníquese con Animal Care en animalcare@usda.gov o al 970-494-7478.

Border collie blanco y negro sentado en la puerta abierta de un patio cercado y ordenado junto a un poste de buzón sencillo sin letrero, con un roble de la costa dando sombra al camino de entrada

Criar en casa: qué preguntar por escrito a zonificación

Una licencia de una oficina no hace que la propiedad quede aprobada ante otra. La SBA recomienda a los dueños de negocios en Luisiana contactar la oficina local de licencias comerciales y tener en cuenta la zonificación antes de abrir.

Las reglas cambian según la ciudad o parroquia. En Nueva Orleans, por ejemplo, el Departamento de Seguridad y Permisos (Department of Safety and Permits) administra la ordenanza de zonificación de la ciudad y dirige a los dueños a su visor de propiedades para ver la clasificación de una dirección.

Antes de aceptar un depósito, envíe estas preguntas a su oficina de planificación o zonificación y guarde la respuesta escrita:

  1. ¿Se permite la cría comercial de perros en esta dirección?
  2. ¿Una perrera es un uso permitido, condicional o prohibido aquí?
  3. ¿Un criador en casa necesita aprobación de negocio en el hogar (home occupation)?
  4. ¿Hace falta una solicitud de uso condicional (conditional use)?
  5. ¿Qué reglas aplican sobre número de perros, cercados, distancias, desechos, ruido y sanidad?
  6. ¿Quién inspecciona la propiedad, y cuáles son las tarifas y fechas de renovación?

Preguntas de los criadores sobre licencias en Luisiana

Estas respuestas tratan si necesita licencia, cuántos perros puede tener y qué pasa si cría sin licencia.

¿Se necesita licencia para criar perros en Luisiana?

Si usted cría y vende perros y tiene cinco o más, sí: R.S. 3:2772(G) exige una licencia de perrera de su parroquia o municipio. La licencia es anual y su gobierno local fija la cantidad, que no puede ser menor que el mínimo estatal de $15, $25 o $30. Según cómo venda, también puede necesitar una licencia del USDA.

¿Cuántos perros puede tener una persona en Luisiana?

El límite estatal de R.S. 3:2772(H) se aplica a quienes crían, compran o venden perros: no más de 75 perros mayores de un año con fines de cría. Ese texto no fija un límite general para mascotas. Su ciudad o parroquia puede tener su propio límite, así que pregunte a control de animales o a zonificación cuál es el número en su dirección.

¿Es ilegal criar perros sin licencia?

Si tiene cinco o más perros y los cría y vende, la ley le exige obtener una licencia de perrera, así que vender sin ella no cumple con la ley. Hacer una actividad federal cubierta, como ventas al por mayor o ventas sin que el comprador vea al perro, sin licencia del USDA es un problema federal aparte. Pregunte a la oficina de licencias de su parroquia qué le aplica si ya ha vendido sin licencia.

Su siguiente paso esta semana

Empiece por los conteos, porque todas las oficinas se los pedirán:

  1. Haga una lista de cada perro por edad (más de seis meses, más de un año) y propósito (cría o mascota).
  2. Cuente sus perras reproductoras.
  3. Anote todas sus formas de venta: en persona, en línea, con envío, al por mayor.
  4. Llame al secretario de su parroquia o a la oficina de licencias del municipio.
  5. Obtenga una respuesta de zonificación por escrito antes de usar la propiedad.
  6. Registre su cuenta de impuestos de Luisiana en LaTAP, o confirme con el LDR por qué no la necesita.
  7. Revise su método de venta con el Asistente de Licencias y Registro del USDA.
  8. Prepare sus dos declaraciones: número del USDA o la razón, número del impuesto sobre ventas o la razón.
  9. Pregunte quién inspecciona su instalación y qué revisan.
  10. Guarde copias de cada solicitud y de cada respuesta escrita.

Cuando tenga resuelta la parte de las licencias, el directorio y las páginas de marketing de DogServ pueden ayudar a que lo encuentren, aunque un perfil o un sitio web nunca reemplaza un permiso. Empiece el papeleo con una llamada a su parroquia esta semana.

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