Ley de vendedores de mascotas en Florida (sección 828.29): quién cuenta como vendedor y qué cambió en 2026
Por Cal Hewitt · Publicado el
Guías para negocios

En Florida, un criador puede contar como vendedor de mascotas (pet dealer) aunque venda los cachorros directamente a las familias. Según la versión de 2026 de la sección 828.29 de los Estatutos de Florida, es pet dealer la persona o empresa que vende al público más de tres camadas, o 30 perros o gatos, al año, lo que sea mayor, y la definición incluye de forma expresa a los criadores que venden directo. Quien queda cubierto debe cumplir requisitos veterinarios, de certificado y de divulgación, y puede deberle un remedio al comprador. El Capítulo 2026-76 de las Leyes de Florida, vigente desde el 1 de julio de 2026, sumó deberes sobre registros, financiamiento y un aviso firmado, y dio al comprador 30 días por enfermedad. Las prácticas de la sección 828.291 son voluntarias, el proyecto SB 1356 no se convirtió en ley y su ciudad o condado puede exigir permisos propios.
Lo más importante
Toque una tarjeta para destacarla.
- Desde el 1 de julio de 2026, usted es pet dealer en Florida si vende al público más de tres camadas, o 30 perros o gatos, al año, lo que sea mayor, y eso incluye al criador que vende directo a las familias.
- El vendedor cubierto necesita, para cada perro, un examen veterinario dentro de los 30 días previos a la venta, las vacunas y desparasitantes de la ley, el certificado oficial con copia para el comprador y al menos ocho semanas de edad.
- Antes de la venta, el comprador recibe copias de todos los exámenes, pruebas y medicamentos, todos los términos de financiamiento y un aviso de derechos en negrita de 14 puntos, firmado por él y separado del contrato.
- El comprador tiene 30 días por enfermedad o parásitos (sin contar pulgas ni garrapatas) y un año por trastornos hereditarios o información falsa; ya no existe el tope del precio de compra para los gastos veterinarios.
- La sección 828.291 crea un programa voluntario, no una licencia de criador, y las reglas del condado y la ciudad siguen vigentes.
Soy Cal y hago sitios web y marketing para negocios de perros. No soy abogado ni veterinario, así que lea esto como un mapa sencillo de la ley y de las oficinas que deciden, no como asesoría legal. El texto oficial está en inglés; por eso mantengo el número de sección y explico los términos en español.
¿Cuenta usted como pet dealer en Florida según la sección 828.29?
Empiece por contar. La sección 828.29(13) define al pet dealer como la persona, firma, sociedad, corporación u otra asociación que, en el curso normal de su negocio, vende al público "more than three litters, or 30 dogs or cats, per year, whichever is greater", es decir, más de tres camadas o 30 perros o gatos al año, lo que sea mayor. La frase siguiente resuelve la duda de quien vende desde casa: la definición incluye a los criadores que venden sus animales directamente al consumidor. Vender a familias en lugar de a una tienda no lo deja fuera de la ley.
La versión de 2026 también excluye a las entidades sin fines de lucro que no compran perros o gatos a un criador o intermediario. Aparte, la subsección (15) exime a las agencias de control animal de ciudades y condados y a las organizaciones humanitarias sin fines de lucro registradas.
Entonces, anote cuántas camadas y cuántos perros o gatos espera vender al público este año. Si está cerca del límite, o vende perros y gatos, pídale a un abogado de Florida que aplique "lo que sea mayor" a sus números.
Qué cambió el 1 de julio de 2026 con el Capítulo 2026-76 y qué sigue igual
El proyecto CS/SB 1004 pasó por unanimidad, el gobernador Ron DeSantis lo aprobó el 12 de mayo de 2026 y entró en vigor el 1 de julio de 2026 como Capítulo 2026-76. Su historial está en la página del proyecto CS/SB 1004 del Senado de Florida.
La ley modificó las subsecciones (5), (6), (7), (8), (10), (12), (13) y (17) de la sección 828.29 y agregó las subsecciones (18) y (19). El límite para ser pet dealer subió de más de dos camadas o 20 animales a más de tres camadas o 30 perros o gatos. El plazo por enfermedad pasó de 14 a 30 días y el aviso del comprador al vendedor, de dos a siete días hábiles. Hay deberes nuevos sobre registros, financiamiento, aviso firmado y conservación por siete años, se eliminó el tope de reembolso veterinario y una infracción ahora también cuenta bajo la ley de protección al consumidor.
Las subsecciones (1) a (4), que cubren el examen, las pruebas, las vacunas, el control de parásitos, el certificado oficial y la edad mínima de ocho semanas, no cambiaron. Si una lista vieja en sus archivos dice "dos camadas o 20 animales" o "14 días", actualícela con las cifras de 2026.
Toque o pase el cursor por una fila para resaltarla.
| Regla | Cifra | Subsección |
|---|---|---|
| ReglaLímite para ser pet dealer | CifraMás de tres camadas, o 30 perros o gatos, al año, lo que sea mayor | Subsección828.29(13) |
| ReglaEdad mínima de venta | Cifra8 semanas | Subsección828.29(4) |
| ReglaExamen veterinario | CifraNo más de 30 días antes de la venta | Subsección828.29(3) |
| ReglaProcedimientos en perros menores de cuatro meses | CifraNo más de 21 días antes de la venta | Subsección828.29(1) |
| ReglaEnfermedad o parásitos (sin pulgas ni garrapatas) | Cifra30 días después de la venta | Subsección828.29(5) |
| ReglaTrastorno congénito o hereditario | Cifra1 año después de la venta | Subsección828.29(5) |
| ReglaInformación falsa sobre raza, sexo o salud | Cifra1 año después de la venta | Subsección828.29(5) |
| ReglaAviso del comprador al vendedor | Cifra7 días hábiles después del dictamen del veterinario | Subsección828.29(8) |
| ReglaEntrega de la certificación escrita | Cifra3 días hábiles después de recibirla | Subsección828.29(8) |
| ReglaReembolso o cambio por el vendedor | Cifra10 días hábiles después de recibir la certificación firmada | Subsección828.29(8) |
| ReglaRegistros entregados al comprador | CifraSe guardan al menos 7 años después de la venta | Subsección828.29(18) |

Qué necesita un perro antes de venderse en Florida
La sección 828.29 exige pruebas, vacunas y antihelmínticos (desparasitantes) aplicados por un veterinario con licencia de Florida y acreditado por el USDA, o bajo su dirección. Ese veterinario emite el certificado oficial de inspección veterinaria (official certificate of veterinary inspection, OCVI), también llamado certificado de salud para vender un perro.
La ley enumera moquillo canino (distemper), leptospirosis, Bordetella, parainfluenza, hepatitis, parvovirus canino (parvo), rabia para perros de más de tres meses (según la sección 828.30) y tratamiento contra lombrices redondas (roundworms) y anquilostomas (hookworms). El momento depende de la edad. En un perro menor de cuatro meses, esos procedimientos se aplican no más de 21 días antes de la venta. En un perro de cuatro meses o más, se aplican a partir de los tres meses de edad y no más de un año antes de la venta. Su veterinario elige los productos; usted agenda con tiempo.
El examen debe hacerse no más de 30 días antes de la venta e incluir una prueba fecal para parásitos internos. Los perros de más de seis meses también necesitan una prueba de gusano del corazón (heartworm).
El certificado muestra la edad, el sexo, la raza, el color y el historial de salud del animal; los datos del vendedor, el comprador y el veterinario, con su número de licencia; las vacunas y desparasitantes, y la declaración del veterinario sobre enfermedades contagiosas y parásitos. El comprador recibe una copia.
Según el FDACS (Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida), solo llenan un OCVI de Florida los veterinarios con licencia vigente en Florida acreditados por el USDA, que piden los certificados al FDACS en papel o en formato electrónico. El formulario para ventas dentro del estado es el FDACS-09085, que aparece en la página de formularios de la División de Industria Animal del FDACS. Pida la versión vigente a su veterinario o búsquela en la página del FDACS sobre traslado de perros y gatos.
Ningún perro o gato menor de ocho semanas puede ofrecerse a la venta en Florida ni entrar al estado para venderse. Para animales que llegan de otro estado para venderse, el traslado suele requerir un certificado emitido dentro de 30 días y la antirrábica al día desde los tres meses, con excepciones, y además rige la sección 828.29. Para consultas, la Oficina del Veterinario Estatal atiende en el (850) 410-0900 y Animal Permits en AnimalPermits@FDACS.gov.
Qué debe recibir el comprador antes de la venta
La nueva subsección (7) obliga al pet dealer a entregar al comprador, antes de la venta, copias de los registros de todos los exámenes médicos o pruebas que se le hicieron al animal y de todo medicamento que recibió antes de la compra. Guarde cada nota de examen, resultado y medicamento en una carpeta por animal, así copiarla le toma minutos.
La nueva subsección (6) dice que el pet dealer debe informar al comprador todos los términos de financiamiento antes de la venta. Si alguien paga a plazos, cada condición va por escrito antes de cerrar.
El aviso de derechos del comprador también cambió de forma: ahora debe ir en letra negrita de 14 puntos, con la firma del comprador y en un documento separado del contrato de compra. El contrato, además, no debe contradecir los derechos que la ley le da al comprador.
Si el vendedor identifica por escrito, antes de la venta, un trastorno congénito o hereditario específico y el comprador firma esa notificación, el comprador no tiene derecho a reembolso ni cambio por ese trastorno. El procedimiento de renuncia de 2025, con su periodo de examen de 48 horas hábiles, se eliminó; quítelo de cualquier formulario viejo.

Qué puede reclamar el comprador después y qué plazos corren para cada parte
Esta es la llamada "ley limón para cachorros". La sección 828.29(5) le da al comprador tres ventanas. Dentro de los 30 días después de la venta, un veterinario con licencia elegido por el comprador puede certificar que el animal no estaba apto al momento de la venta por enfermedad, síntomas de enfermedad contagiosa o infecciosa, o parásitos internos o externos, excluyendo pulgas y garrapatas. Dentro de un año, ese veterinario puede certificar un trastorno congénito o hereditario que afecte la salud del animal. También dentro de un año, el comprador puede reclamar si se le dio información falsa sobre la raza, el sexo o la salud.
Luego corren los plazos de la subsección (8). El comprador debe avisar al vendedor dentro de los siete días hábiles después de recibir el dictamen del veterinario y entregar la certificación escrita dentro de los tres días hábiles después de recibirla. El vendedor debe hacer el reembolso o el cambio dentro de los 10 días hábiles después de recibir la certificación firmada.
Si usted vende, anote la fecha en que le llega cada aviso y cada certificación, porque esas fechas ponen en marcha los plazos.
Cómo funcionan el reembolso, el cambio y los gastos veterinarios ahora que no hay tope
El comprador elige el remedio: devolver el animal y recibir el precio de compra, los intereses acumulados, el impuesto sobre ventas o cargos, más los gastos veterinarios que califiquen; cambiarlo por un animal de valor equivalente más esos gastos; o quedarse con él y recibir el reembolso de los servicios, tratamientos o atención de emergencia veterinaria necesarios dentro del año siguiente a la compra.
El límite de 2025, que impedía que el reembolso superara el precio de compra del animal, ya no existe. Ahora un gasto es razonable si es comparable con lo que cobran otros veterinarios con licencia cerca del veterinario que atendió al animal. Si el comprador financió la compra con el vendedor y recibe un reembolso, ese financiamiento debe terminar sin penalidad.
El vendedor que impugna un reclamo puede exigir un examen con un veterinario que él designe. Sin acuerdo dentro de los 10 días hábiles después de recibir al animal, el comprador puede demandar, incluso en reclamos menores, y el tribunal puede otorgar daños punitivos de al menos $2,500. En ese punto, consulte a un abogado de Florida.

Registros, inspecciones y sanciones bajo la sección 828.29
La nueva subsección (18) exige que el pet dealer guarde todo registro entregado al comprador por la venta de un animal durante al menos 7 años después de la venta. Eso incluye la copia del certificado, los registros médicos y de medicamentos, los términos de financiamiento y el aviso firmado. Una carpeta escaneada por venta, con respaldo, aguanta ese tiempo.
El FDACS, el USDA y los agentes del orden pueden inspeccionar los animales y las copias de los certificados, y una infracción es un delito menor de primer grado según la subsección (17). La nueva subsección (19) trata una infracción como un método de competencia desleal o un acto o práctica injusta o engañosa bajo la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas e Injustas de Florida (Florida Deceptive and Unfair Trade Practices Act). El fiscal estatal también puede pedir una orden judicial que impida al infractor seguir como pet dealer.
Un comprador que sospecha incumplimiento puede reportarlo al FDACS en español al 1-800-FL-AYUDA (352-9832), o en inglés al 1-800-HELP-FLA, según la página Pet Law del FDACS.
¿Exige Florida una licencia de criador?
Las secciones 828.29 y 828.291 no crean una licencia estatal de criador. La sección 828.291, creada por el Capítulo 2026-76, establece prácticas de manejo recomendadas para la cría de perros con participación voluntaria. Cubren cría, alimentación, alojamiento, salud, enriquecimiento, y venta y registros según la sección 828.29. El Departamento de Regulación Comercial y Profesional (DBPR) debe preparar la lista, publicar una guía para identificar a los criadores participantes y ofrecer una lista de verificación para el comprador.
La sección 828.291(2) aclara que no impide que un gobierno local fije requisitos para quienes crían perros. Sumarse al programa voluntario no reemplaza una licencia del condado o la ciudad.
El proyecto CS/SB 1356, que proponía un registro obligatorio de criadores ante el DBPR, murió en comité el 13 de marzo de 2026, según el historial del proyecto SB 1356 del Senado de Florida. No es ley.

Las reglas del condado y la ciudad que siguen vigentes, y a qué oficina llamar
La ley estatal regula la venta; dónde y cuántos animales tiene lo decide el gobierno local. Algunos ejemplos:
Toque o pase el cursor por una fila para resaltarla.
| Lugar | Qué cubre la regla local | Oficina |
|---|---|---|
| LugarCondado de Miami-Dade | Qué cubre la regla localEl Capítulo 5 exige licencia antes de operar como criadero (kennel), criador, pet dealer, centro de cuidado de mascotas o criador aficionado; trata como pet dealer al criador que vende directo | OficinaAnimal Services Department, más zonificación o permisos del condado |
| LugarCondado de Palm Beach | Qué cubre la regla localPermisos de criador aficionado (hobby breeder) y pautas para establecimientos comerciales según la Ordenanza 98-22 | OficinaAnimal Care and Control |
| LugarCondado de Collier | Qué cubre la regla localCausar o permitir la cría o la monta, a propósito o no, puede convertir a una persona en criador | OficinaDomestic Animal Services |
| LugarCondado de Volusia | Qué cubre la regla localLímites de zonificación sobre la cantidad de animales y licencias de criador aficionado o excepciones especiales | OficinaZonificación y servicios animales del condado |
| LugarJacksonville y condado de Duval | Qué cubre la regla localDisposiciones sobre tiendas de mascotas, comerciantes de animales y criadores aficionados | OficinaAnimal Care and Protective Services, más zonificación |
| LugarCondado de Hillsborough | Qué cubre la regla localTiendas de mascotas, origen de los animales, microchip y reglas de venta | OficinaPet Resources o Animal Services, más zonificación |
| LugarCondado de Broward | Qué cubre la regla localDefinición de criadero y negocios de animales, junto con la zonificación | OficinaAnimal Care and Adoption, más zonificación |
| LugarCondado de Lee | Qué cubre la regla localCriadero o gatería incluye lugares donde se tienen animales para hospedaje, peluquería, adiestramiento, venta o monta | OficinaDomestic Animal Services, más zonificación |
Los códigos y páginas: Capítulo 5 de Miami-Dade, permisos de criador de Palm Beach, Domestic Animal Services de Collier, zonificación de Volusia, código de animales de Jacksonville, reglas de venta de animales de Hillsborough, ordenanza de animales de Broward y ordenanza de Lee. Son ejemplos, no una lista completa.
Llame primero a servicios animales, después a zonificación o planificación, a la oficina del recibo de impuesto comercial (business tax receipt) y, si hace falta, a la secretaría de la ciudad o el condado. Pregunte:
- ¿Mi dirección está dentro de una ciudad o en zona no incorporada del condado, y se permite criar, vender o tener animales ahí?
- ¿Necesito licencia de criadero, criador, pet dealer o negocio de animales, o un recibo de impuesto comercial?
- ¿Necesito aprobación de zonificación, una excepción especial o permiso para negocio en casa?
- ¿Hay un límite de perros, gatos, animales sin esterilizar o camadas, o reglas sobre corrales exteriores y visitas de clientes?
- ¿Van a inspeccionar el lugar?
Revise también las reglas de su HOA, condominio o escritura. En lo comercial, la División de Corporaciones de Florida pide registrar antes de operar un nombre comercial distinto de su nombre legal, y el Departamento de Ingresos de Florida pide que quien vende bienes o servicios gravables se registre antes para el impuesto sobre ventas. Pregúntele a ese departamento si su venta de animales paga impuesto.
Preguntas sobre la ley de vendedores de mascotas en Florida
Estas respuestas cubren la ley nueva, los requisitos básicos para vender un cachorro y las opciones del comprador cuando el cachorro está enfermo.
¿Cuál es la nueva ley de mascotas en Florida?
Es el proyecto CS/SB 1004, convertido en el Capítulo 2026-76 y vigente desde el 1 de julio de 2026. Subió el límite para ser pet dealer, alargó a 30 días el plazo por enfermedad y agregó deberes sobre registros, financiamiento y conservación por siete años. También creó las prácticas voluntarias de la sección 828.291.
¿Qué requisitos legales hay para vender cachorros en Florida?
Quien está cubierto necesita un examen de un veterinario de Florida acreditado por el USDA dentro de los 30 días previos a la venta, las vacunas y desparasitantes en las fechas que fija la ley y el certificado oficial con copia para el comprador. El cachorro debe tener al menos ocho semanas. Antes de la venta, el comprador recibe además los registros médicos y de medicamentos, los términos de financiamiento y el aviso firmado aparte.
¿Qué derechos tiene el comprador si el cachorro está enfermo?
Si el veterinario con licencia que eligió el comprador certifica dentro de 30 días que el cachorro estaba enfermo o tenía parásitos que califican al momento de la venta, el comprador puede elegir reembolso, cambio o reembolso de gastos veterinarios quedándose con el cachorro. Debe avisar al vendedor dentro de siete días hábiles después de ese dictamen. El FDACS recibe quejas en español en el 1-800-FL-AYUDA.
Su siguiente paso
Esta semana, cuente las camadas y los animales que espera vender al público en el año y llame a la oficina de servicios animales de su condado o ciudad con las preguntas de arriba antes de anunciar nada. Agende el examen veterinario para que caiga dentro de los 30 días previos a la fecha de venta y arme una carpeta por animal con el certificado, los registros médicos, los términos de financiamiento y el aviso firmado, para guardarla siete años. Si sus números están cerca del límite, o un comprador presenta un reclamo, lleve la ley de 2026 y sus registros de ventas a un abogado de Florida para que le aconseje sobre su caso.
Fuentes
- broward.org: ordenanza de animales de Broward
- collier.gov: Domestic Animal Services de Collier
- discover.pbcgov.org: permisos de criador de Palm Beach
- dos.fl.gov: División de Corporaciones de Florida
- fdacs.gov: FDACS
- fdacs.gov: página de formularios de la División de Industria Animal del FDACS
- fdacs.gov: página del FDACS sobre traslado de perros y gatos
- fdacs.gov: página Pet Law del FDACS
- floridarevenue.com: Departamento de Ingresos de Florida
- flsenate.gov: historial del proyecto SB 1356 del Senado de Florida
- flsenate.gov: página del proyecto CS/SB 1004 del Senado de Florida
- flsenate.gov: sección 828.29 de los Estatutos de Florida
- laws.flrules.org: Capítulo 2026-76 de las Leyes de Florida
- leegov.com: ordenanza de Lee
- library.municode.com: Capítulo 5 de Miami-Dade
- library.municode.com: código de animales de Jacksonville
- library.municode.com: reglas de venta de animales de Hillsborough
- library.municode.com: zonificación de Volusia